DÉCIMA TERCERA REFORMA AL PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN (PAC) 2022

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA


Art. 22.- Plan anual de contratación.- El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante
dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso.

De acuerdo a la RESOLUCIÓN No. 00784-AGADMSC-2022 del dieciséis de diciembre, donde la Máxima Autoridad resuelve aprobar la Décima Tercera Reforma al Plan Anual de Contrataciones (PAC) del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa
Cruz del año 2022; la Dirección Administrativa – Compras Públicas, procedieron con la reforma en el portal de compras públicas.

Conforme al artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que en el segundo inciso indica “De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso”, es procedente la publicación de las reformas que se realizan al PAC de la publicación en la página web de la Entidad.

 

resolucion_no_00784-agadmsc-2022

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detalle_del_plan_anual_de_contratación30739965001671436256

 

DÉCIMA SEGUNDA REFORMA AL PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN (PAC) 2022

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Art. 22.- Plan anual de contratación.- El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante
dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso.

De acuerdo a la RESOLUCIÓN No. 00768-AGADMSC-2022 del cinco de diciembre, donde la Máxima Autoridad resuelve aprobar la décima segunda reforma al plan anual de contrataciones (PAC) del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Cruz
del año 2022; la Dirección Administrativa – Compras Públicas, procedieron con la reforma en el portal de compras públicas.

Conforme al artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que en el segundo inciso indica “De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso”, es procedente la publicación de las reformas que se realizan al PAC de la publicación en la página web de la Entidad.

– detalle_del_plan_anual_de_contratación30327083001670371828
– detalle_del_plan_anual_de_contratación40886069001670371828
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DÉCIMA PRIMERA REFORMA AL PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN (PAC) 2022

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA


Art. 22.- Plan anual de contratación.-
El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán
publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso.

De acuerdo a la RESOLUCIÓN No. 00749-AGADMSC-2022, donde la Máxima Autoridad resuelve aprobar la décima primera reforma al plan anual de contrataciones (PAC) del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Cruz del año 2022; la Dirección Administrativa – Compras Públicas, procedieron con la reforma en el portal de compras públicas.

Conforme al artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que en el segundo inciso indica “De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso”, es procedente la publicación de las reformas que se realizan al PAC de la publicación en la página web de la Entidad.

 

Detalle del Plan Anual de Contratación3
Detalle del Plan Anual de Contratación4
RESOLUCION No 00749-AGADMSC-2022

PUBLICACIÓN DE LA DÉCIMA REFORMA AL PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN (PAC) 2022

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Art. 22.- Plan anual de contratación.- El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante
dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso.

De acuerdo a la RESOLUCIÓN No. 00736-AGADMSC-2022 del veintiuno de octubre, donde la Máxima Autoridad resuelve aprobar la décima reforma del plan anual de contratación PAC 2022; la Dirección Administrativa – Compras Públicas, procedieron con la reforma en el portal de compras públicas.

Conforme al artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que en el segundo inciso indica “De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso”, es procedente la publicación de las reformas que se realizan al PAC de la publicación en la página web de la Entidad.

Se adjunta los documentos correspondientes:

 

PUBLICACIÓN DE LA NOVENA REFORMA AL PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN (PAC) 2022

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA:

 

Art. 22.- Plan anual de contratación.-

El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso.

De acuerdo a la RESOLUCIÓN No. 00729-AGADMSC-2022 del veintiuno de septiembre, donde la Máxima Autoridad resuelve aprobar la novena reforma del plan anual de contratación PAC 2022; la Dirección Administrativa – Compras Públicas, procedieron con la reforma en el portal de compras públicas, conforme al artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que en el segundo inciso indica “De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso”, es procedente la publicación de las reformas que se realizan al PAC de la publicación en la página web de la Entidad.

Siendo así y para efectos de cumplimiento de la normativa legal vigente en materia de contratación pública, se solicita proceder con la publicación de la respectiva reforma en la página web; se anexan los archivos correspondientes.

detalle_del_plan_anual_de_contratación

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