INFORME ANUAL DE TRANSPARECIA DEL CONSEJOS CANTONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS AÑO 2015
LEYES Y REGLAMENTOS
Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Reglamento de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública
INFORMACIÓN IMPORTANTE
En este espacio usted encontrará toda la información referente al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus reglamentos por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Cruz.
Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP)
De acuerdo al Art. 7 sobre la Garantía del Acceso a la Información del Reglamento General a la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP), en la que se hace mención al ejercicio del derecho al libre acceso a la información pública por parte de la ciudadanía y el cumplimiento de las instituciones públicas y privadas obligadas por la ley a proporcionar la información pública; y, de recibir los informes anuales que deben presentar las instituciones sometidas a este reglamento, con el contenido especificado en la ley.
Literal a)
Estructura orgánica funcional, base legal que la rige, regulaciones y procedimientos internos aplicables a la entidad; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos.
• Base Legal que rige a la Institución
• Reglamento Orgánico Funcional
• Literal a1) organigrama de la institución
• Literal a2) base legal que rige a la institución
• Literal a3) regulaciones y procedimientos internos
• Literal a4) metas y objetivos unidades administrativas
Literal b)
El directorio completo de la institución, así como su distributivo de personal:
Literal b1)
Literal b2)
Literal c)
La remuneración mensual por puesto y todo ingreso adicional, incluso el sistema de compensación, según lo establezcan las disposiciones correspondientes.
• Remuneración mensual por puesto
Literal d)
Los servicios que ofrece y las formas de acceder a ellos, horarios de atención y demás indicaciones necesarias, para que la ciudadanía pueda ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones.
• Horario de Atención
07:00 a 12:30
14:00 a 17:00
Literal g)
Información total sobre el presupuesto anual que administra la institución, especificando ingresos, gastos, financiamiento y resultados operativos de conformidad con los clasificadores presupuestales, así como liquidación del presupuesto, especificando destinatarios de la entrega de recursos públicos.
• Presupuesto de la institución
Literal i)
Información completa y detallada sobre los procesos pre contractuales, contractuales, de adjudicación y liquidación, de las contrataciones de obras, adquisición de bienes, prestación de servicios, arrendamientos mercantiles, etc., celebrados por la institución con personas naturales o jurídicas, incluidos concesiones, permisos o autorizaciones.
• PAC 2015 (Plan anual de Compras Públicas)
Procesos de contrataciones
Literal j)
Un listado de las empresas y personas que han incumplido contratos con dicha institución.
NOTA: Art. 98.- Registro de Incumplimientos.- Las entidades remitirán obligatoriamente al Instituto Nacional de Contratación Pública la nómina de todos aquellos contratistas o proveedores que hubieren incumplido sus obligaciones contractuales o se hubieren negado a suscribir contratos adjudicados, acompañando los documentos probatorios correspondientes, a fin que sean suspendidos en el RUP por cinco y tres años, respectivamente. En consecuencia, la actualización del registro será responsabilidad del Instituto Nacional de Contratación Pública.
Para dar cumplimiento con este literal las personas podrán entrar al portal del INCOP en:
• Sistema Oficial de Contratación Pública (Proveedores Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos)
Sin embargo hasta la fecha de la publicación de la información no existen contratistas incumplidos.
Literal k)
• Planes y programas de la institución en ejecución
• Plan Anual de Obras (POA) 2015
Literal m)
Mecanismos de rendición de cuentas a la ciudadanía, tales como metas e informes de gestión e indicadores de desempeño.
• Formato informe Rendición de Cuentas del GADMSC 2015
NOTA: El informe de conformidad con la ley, será presentado el día de la Sesión Solemne.
Literal n)
Los viáticos, informes de trabajo y justificativos de movilización nacional o internacional de las autoridades, dignatarios y funcionarios públicos.
• Viáticos, informes de trabajo y justificativos
Literal o)
El nombre, dirección de la oficina y dirección electrónica del responsable de atender la información pública..
• Responsable: Dr. Patricio Pardo Taday
Dirección: Av. Charles Darwin y pasaje Los Colonos
Teléfono: +593 05-2526 776
E-mail: consejoproteccionsantacruz@gmail.com
Literal q)
Los organismos de control del Estado, adicionalmente, publicarán el texto íntegro de las resoluciones ejecutoriadas, así como sus informes, producidos en todas sus jurisdicciones
• Texto íntegro de las resoluciones
Art. 19.- De la Solicitud y sus Requisitos.- El interesado a acceder a la información pública que reposa, manejan o producen las personas jurídicas de derecho público y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, deberá hacerlo mediante solicitud escrita ante el titular de la institución.
En dicha solicitud deberá constar en forma clara la identificación del solicitante y la ubicación de los datos o temas motivo de la solicitud, la cual será contestada en el plazo señalado en el artículo 9 de esta Ley.
Art. 20.- Límites de la Publicidad de la Información.- La solicitud de acceso a la información no implica la obligación de las entidades de la administración pública y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, a crear o producir información, con la que no dispongan o no tengan obligación de contar al momento de efectuarse el pedido. En este caso, la institución o entidad, comunicará por escrito que la denegación de la solicitud se debe a la inexistencia de datos en su poder, respecto de la información solicitada. Esta Ley tampoco faculta a los peticionarios a exigir a las entidades que efectúen evaluaciones o análisis de la información que posean, salvo aquellos que por sus objetivos institucionales deban producir.
No se entenderá producción de información, a la recopilación o compilación de información que estuviese dispersa en los diversos departamentos o áreas de la institución, para fines de proporcionar resúmenes, cifras estadísticas o índices solicitados por los usuarios.