CUARTA REFORMA AL PLAN ANUAL DE CONTRATACIÓN (PAC) 2023

LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA


Art. 22.- Plan anual de contratación.- El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPÚBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso.


De acuerdo a la Resolución Nro. GADMSC-2023-0087-R del 17 de abril, donde la Máxima Autoridad resuelve aprobar la Cuarta Reforma al Plan Anual de Contrataciones
(PAC) del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Santa Cruz del año 2023; la Dirección Administrativa – Compras Públicas, procedieron con la reforma en el portal de compras públicas.


Conforme al artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que en el segundo inciso indica “De existir reformas al Plan Anual de  Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso”, es procedente la publicación de las reformas que se realizan al PAC de la
publicación en la página web de la Entidad.

 

 

 

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